martes, 3 de agosto de 2010

TITULO 10

Titulo 1o
De los organismos de Control
Capitulo 1: Este capitulo habla del Control fiscal, es una función pública que es la encargada de vigilar la gestión fiscal de la administración y de los particulares que manejan los bienes de la Nación.

La Contraloria es una entidad con carácter administrativo y presupuestal.
El Contralor es elegido por el Congreso, este no puede ser reelegido, para ser Contralor debe ser colombiano, tener 35 años o más. El Contralor general de la República tiene algunas de las siguientes funciones:
  1. Llevar un registro de la deuda pública de la Nación y de las diferentes entidades.
  2. Exigir informes sobre la gestión fiscal.
  3. Conceptuar sobre la calidad y eficiencia del control fiscal de las entidades y el Gobierno.
  4. Presentar al Congreso un informe anual sobre el Estado de los recursos naturales y organismos del Estado.
  5. Presentar proyectos de la Contraloría.
  6. Otras que demande la Ley
La Ley determinará la manera de ejercer dicha vigilancia a nivel departamental, distrital y municipal.

Capítulo 2: Este capítulo habla de que el Procurador general de la Nación es el director del ministerio público. El procurador es elegido por el Senado, legislará durante 4 años.
El Procurador general de la Nación tiene las siguientes funciones:

  1. Vigilar el cumplimiento de las leyes de la constitución etc..
  2. Proteger los derechos humanos y hacerlos cumplir.
  3. Velar por el cumplimiento de todas las funciones establecidas.
  4. Rendir anualmente informe de su gestión al Congreso.
  5. Otros que determine la Ley..
El Defensor del Pueblo tiene las siguientes funciones:

  1. Divulgar los derechos humanos.
  2. Organizar y dirigir la defensoria pública en lo que señale la Ley.
  3. Presentar proyectos.
  4. Rendir informes al Congreso.
  5. Los demás que determine la Ley.


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